¿Qué es el Parque Nacional Iberá?

Tierras Públicas y Privadas para la Conservación

Las áreas protegidas pueden pertenecer a dos esferas distintas: la pública y la privada, o ser una fusión de ambas, como es el caso de la Reserva Natural del Iberá.

En Argentina, las áreas protegidas públicas con algún grado de protección (municipales, provinciales o nacionales) cubren una superficie de apenas el 5,5% del territorio nacional. En este contexto, en el que la mayor parte de las tierras está en manos privadas, es imprescindible contar con nuevos instrumentos que incentiven a los propietarios a conservar los valiosos recursos que están en sus dominios.

Las áreas protegidas del ámbito privado (en general se las llama "reservas privadas") corresponden a propietarios que han decidido brindar un amparo especial a sus tierras, debido a las riquezas naturales o culturales que éstas poseen. Estas reservas privadas se manejan con criterios de conservación y desarrollo sustentable según los objetivos que se propongan.

Cualquier persona que así lo desee puede crear una reserva en sus tierras y es el propietario quien determina las restricciones o condiciones que van a imponerse y por cuánto tiempo serán efectivas. También decidirá qué extensión de sus propiedades estará sujeta a estas nuevas condiciones de manejo.

Una de las formas de crear una reserva privada es realizar un convenio con una organización no gubernamental con iniciativas dedicadas a este fin. Un ejemplo de esto, lo brinda el Programa Refugios de la Fundación Vida Silvestre (www.vidasilvestre.org.ar), el Programa de Reservas Privadas de la Fundación de Historia Natural Félix de Azara (www.fundacionazara.org.ar) y el Programa de la Fundación Habitat de Santa Fé.

En el caso de la Reserva Natural del Iberá, el dominio de la tierra es mixto, porque coexisten propiedades privadas y fiscales. El área protegida está zonificada en dos categorías:

  • La Reserva Provincial: zona de uso múltiple constituida por propiedades privadas.
  • Parque Provincial: zona núcleo destinada a la preservación de la naturaleza conformada por tierras fiscales y de propiedad del Estado provincial, declaradas de “dominio público”, mayormente cubiertas por esteros y lagunas.

La administración del área es responsabilidad de la Dirección de Parques y Reservas, dependiente del Ministerio de Producción, Trabajo y Turismo de la Provincia de Corrientes.